El condenado Mario Ocampo estuvo prófugo entre 2012 y 2019. Durante la dictadura ejerció el cargo de jefe de la Segunda Sección de Ejecución en el Destacamento de Inteligencia 201. El tribunal revocó la prisión domiciliaria y ordenó que sea trasladado a una unidad penitenciaria federal para que cumpla sentencia. La lectura del veredicto se hizo con presencia del público en la sala.

Con una presencia mínima de público en la sala, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín dio lectura hoy al veredicto condenatorio a prisión perpetua para el ex militar de inteligencia Mario Guillermo Ocampo por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra militantes de la organización Montoneros que formaron parte de la llamada “contraofensiva” entre 1979 y 1980. La condena fue en línea con el pedido de la auxiliar fiscal Gabriela Sosti.

Los jueces Esteban Rodríguez Eggers, María Claudia Morgese Martín y Matías Alejandro Mancini declararon que los hechos juzgados constituían crímenes de lesa humanidad y condenaron a Ocampo, ex jefe de la Segunda Sección de Ejecución del Destacamento de Inteligencia 201, como coautor penalmente responsable de los siguientes delitos que concurren materialmente:

• Privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencias o amenazas y por abuso funcional agravada por la duración de más de un mes, tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos de las víctimas y homicidios con alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas en 43 hechos.

• Privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencias o amenazas y por abuso funcional agravada y tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos de las víctimas en cuatro hechos.

Asimismo, el tribunal dispuso la revocación de la prisión domiciliaria al condenado -previo a constatar que su estado de salud no sea un impedimento para ello- y que sea trasladado a una unidad del Servicio Penitenciario Federal para que cumpla con la sentencia.  A su vez, ordenó comunicar la sentencia al Ministerio de Defensa para que dé inicio al proceso de baja por exoneración y de la suspensión de todo goce, retiro o jubilación del condenado.

El juicio comenzó en febrero de este año y tramitó de forma virtual debido a las medidas de sanitarias preventivas por la pandemia de COVID-19. Hoy, durante la lectura del veredicto, se permitió por primera vez el acceso del público a la sala de audiencias del tribunal con un aforo de 30 personas.

Único imputado

En la primera parte de la audiencia, que se hizo de forma virtual y que arrancó pasadas las 9.00 por problemas técnicos, el imputado hizo uso de sus últimas palabras, oportunidad en la que solo expresó que se declaraba inocente. Posteriormente, el juicio retomó a las 15.00 de forma semipresencial. El TOCF leyó el veredicto con público limitado en la sala, mientras que el acusado y la defensa pudieron seguir la lectura de forma virtual, al igual que la mayoría del público. El juicio fue transmitido por los canales de Youtube del Poder Judicial de la Nación y del medio de comunicación La Retaguardia.

En este debate, que se lo conoce como “Contraofensiva II”, Ocampo fue el único imputado, dado que estuvo prófugo desde 2012 hasta 2019, cuando fue localizado y detenido en un country bonaerense. Por tal motivo no pudo llegar a ser incluido en la causa “Contraofensiva Montonera”, que abordó los mismos hechos y en el que el mismo tribunal condenó a prisión perpetua a otros seis ex militares de inteligencia.

Ocampo llegó acusado al debate por los secuestros, tormentos y homicidios agravados cometidos contra 47 víctimas, militantes de la agrupación Montoneros, a raíz de las tareas de inteligencia, de investigación y reclutamiento que llevó a cabo desde el cargo de jefe de la Segunda Sección de Ejecución del Destacamento 201 de Inteligencia del Ejército con asiento en Campo de Mayo.

El condenado está siendo juzgado en otra causa en la que se lo acusa por la desaparición del soldado Félix Ordenes Velázquez, ocurrido en 1976 cuando la víctima se encontraba realizando el servicio militar obligatorio en la Compañía de Ingenieros de Montaña VIII. En ese momento Ocampo cumplía funciones en Mendoza y era el tercero en la cadena de mando del destacamento, en el que se desempeñaba frecuentemente como “Jefe Accidental” del departamento.

Fuente: fiscales.gob.ar / Imagen Captura de pantalla de la transmisión por Youtube del Poder Judicial de la Nación.