{"id":13168,"date":"2021-11-07T00:40:56","date_gmt":"2021-11-07T03:40:56","guid":{"rendered":"https:\/\/agendadelsur.com\/?p=13168"},"modified":"2021-11-07T00:41:41","modified_gmt":"2021-11-07T03:41:41","slug":"delitos-de-lesa-humanidad-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/2021\/11\/07\/delitos-de-lesa-humanidad-2\/","title":{"rendered":"Delitos de Lesa humanidad"},"content":{"rendered":"\n<h6 class=\"has-text-color wp-block-heading\" style=\"color:#f60101\">Formosa: piden juicio oral para dos exjueces del Tribunal Superior de Justicia, acusados de encubrir los secuestros, torturas y desapariciones de empleados y empleadas judiciales<\/h6>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los acusados son Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio V\u00e1zquez Rey, a quienes la fiscal\u00eda imput\u00f3 por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico y encubrimiento. Remarc\u00f3 que los ex magistrados suspendieron y dejaron cesantes a las v\u00edctimas mientras sab\u00edan formalmente que hab\u00edan sido secuestradas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal federal de Corrientes, Flavio Ferrini, solicit\u00f3 que se juzgue en juicio oral y p\u00fablico a los ex jueces integrantes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Formosa durante la \u00e9poca del terrorismo de Estado, Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio V\u00e1zquez Rey, por los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico y por el encubrimiento de los secuestros, torturas y desapariciones de los que fueron v\u00edctimas un grupo de empleados y empleadas del Poder Judicial de esa provincia durante la \u00faltima dictadura. El fiscal indic\u00f3 que Juan Fern\u00e1ndez Bedoya y Sergio Alfredo Mart\u00ednez, tambi\u00e9n jueces del mismo tribunal, no fueron acusados porque fallecieron.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La intervenci\u00f3n de Ferrini en el caso como fiscal subrogante en Formosa se da en esta causa luego de una larga serie de excusaciones de magistrados de la regi\u00f3n del NEA. El fiscal acus\u00f3 a los ex jueces en los casos que tuvieron como v\u00edctimas a Elsa Alicia Chagra, \u00c1ngela Colman, Raquel Levi, Adriano Acosta, Andr\u00e9s Medina, Mirta Le\u00f3nidas Insfr\u00e1n y Ricardo Borgne. Todos y todas las v\u00edctimas eran empleadas del Poder Judicial formose\u00f1o, ten\u00edan militancia sindical en la Asociaci\u00f3n Judicial de Formosa y fueron secuestradas el 5 de agosto de 1976, salvo Chagra, a quien apresaron un d\u00eda antes. Insfran y Borgne, pareja, contin\u00faan desaparecido y desaparecida, mientras que el resto recuper\u00f3 la libertad en diferentes momentos.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/Camara_Apelaciones_Resistencia.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-13169\" width=\"451\" height=\"318\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/Camara_Apelaciones_Resistencia.jpg 680w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/Camara_Apelaciones_Resistencia-300x212.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 451px) 100vw, 451px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una segunda serie de secuestros de miembros del Poder Judicial de esa provincia -que no forman parte del objeto de este proceso, pero que la fiscal\u00eda refiri\u00f3 para contrastar la acci\u00f3n tomada por el TSJ- fue en junio de 2017. Fueron detenidos ilegalmente esa fecha los jueces H\u00e9ctor Tievas y Timoteo Alvarinho, junto a cinco empleadas y empleados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8220;El temperamento adoptado por los magistrados [imputados] fue distinto en cada uno de estos per\u00edodos y diferenciado en cuanto a quienes, aun siendo privados ilegalmente de su libertad, luego fueron reconocidos como &#8216;subversivos&#8217; [es decir, reconocidas sus detenciones y registrados a disposici\u00f3n del Poder Ejecutivo Nacional], lo que equival\u00eda a no perder la vida, y los que no tuvieron ese privilegio, permaneciendo hasta la fecha como desaparecidos&#8221;, se\u00f1al\u00f3 Ferrini. En efecto, los ahora imputados oportunamente cuestionaron en 1977 que las autoridades militares no respetaran la inmunidad de arresto de los jueces v\u00edctima, pero no expresaron nada respecto de los empleados, a quienes luego suspendieron transitoriamente, con la excepci\u00f3n de una v\u00edctima, sobre quien las autoridades militares indicaron expresamente que pod\u00eda continuar cumpliendo funciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8220;Para disponer la suspensi\u00f3n y cesant\u00eda de los agentes, los ministros de la corte provincial no s\u00f3lo se basaron en un informe infundado del Jefe del \u00c1rea Militar, sino que, al mismo tiempo, resolvieron incumplir la obligaci\u00f3n funcional de visitar al establecimiento donde los mismos estaban privados ilegalmente de la libertad&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, en relaci\u00f3n con la tanda de secuestros de agosto de 1976 el comportamiento fue diferente. El fiscal se\u00f1al\u00f3: &#8220;Luego de la privaci\u00f3n ilegal de la libertad sufrida por los empleados judiciales, los aqu\u00ed imputados recibieron informes remitidos por el jefe del \u00c1rea Militar 234, que asum\u00edan responsabilidad sobre esas detenciones sin mencionar causa o documentaci\u00f3n respaldatoria que las justificara. Sin perjuicio de ello, los magistrados no s\u00f3lo no buscaron corroborar la licitud de la medida, sino que tampoco constataron la veracidad de los informes militares o las condiciones a las que sus empleados estaban siendo sometidos&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal puso de relieve que en el caso de Chagra, secuestrada en su domicilio, personal de inteligencia policial se constituy\u00f3 en su lugar de trabajo -el Archivo General- y en presencia del juez del Superior Tribunal Fern\u00e1ndez Bedoya y de la jefa del archivo, inspeccionaron su escritorio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En ese l\u00ednea, Ferrini tambi\u00e9n destac\u00f3 que ante los informes del \u00c1rea Militar 234 en los que consta la calidad de detenidos ilegales de sus empleados, los magistrados en acuerdo dictaron el Acta N\u00ba 1082 donde resolvieron suspender a Acosta, Medina, Chagra, Colman y Lebi, y dejar cesante a Insfran, Borgne y Zulma Sena. Fundaron la decisi\u00f3n en una nota remitida por el jefe de Regimiento de Infanter\u00eda de Monte (RIM) N\u00b029, Martin Alturria, que se\u00f1alaba respecto de las v\u00edctimas que &#8220;no se ha adoptado medidas por carecer de elementos para valorarla&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8220;Para disponer la suspensi\u00f3n y cesant\u00eda de los agentes, los ministros de la corte provincial no s\u00f3lo se basaron en un informe infundado del Jefe del \u00c1rea Militar \u2014que admit\u00eda la carencia de elementos valorativos sobre los detenidos ilegalmente\u2014, sino que, al mismo tiempo, resolvieron incumplir la obligaci\u00f3n funcional de visitar al establecimiento donde los mismos estaban privados ilegalmente de la libertad, a efectos de constatar la verdadera situaci\u00f3n y estado de los detenidos&#8221;, subray\u00f3 el fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ferrini puntualiz\u00f3 que los magistrados ni siquiera indagaron o visitaron las instalaciones ni pidieron explicaciones acerca de lo que hab\u00eda ocurrido con sus empleados cuando el Poder Ejecutivo dict\u00f3 los decretos por los que los puso detenidos a su disposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Destac\u00f3 asimismo &#8220;que una particularidad de esta resoluci\u00f3n es el temperamento asumido respecto de unos y otros &#8216;detenidos&#8217; toda vez que -y no parece casual- algunos fueron suspendidos y otros cesanteados. Los cesanteados, cabe reiterarlo, fueron Mirta Insfran, Ricardo Borgne y Zulma Sena, quienes permanecen desaparecidos&#8221;. Ferrini puntualiz\u00f3 que los magistrados ni siquiera indagaron o visitaron las instalaciones ni pidieron explicaciones acerca de lo que hab\u00eda ocurrido con sus empleados cuando el Poder Ejecutivo dict\u00f3 los decretos por los que puso a su disposici\u00f3n -a partir del 3 de noviembre de 1976- a Chagra, Medina, Colman, Lebi y Acosta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal asimismo refiri\u00f3 que en febrero de 1977 el Gobierno provincial le indic\u00f3 por nota al TSJ que echara mano de la ley &#8220;de prescindibilidad&#8221; para ordenar la baja de los empleados y las empleadas secuestradas. El 29 de marzo de aquel a\u00f1o el tribunal dict\u00f3 la Resoluci\u00f3n Reservada N\u00b01\/77 y dej\u00f3 cesantes a Chagra, Medina, Colman, Lebi y Acosta. El instrumento no menciona a Insfran, Borgne y Sena, desaparecidos. &#8220;Con esos instrumentos formales legitimaron la privaci\u00f3n ilegal de la libertad de los primeros y la desaparici\u00f3n forzada de personas de los segundos&#8221;, acus\u00f3 Ferrini.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el requerimiento de elevaci\u00f3n a juicio, el fiscal Ferrini record\u00f3 que los hechos de las v\u00edctimas por los que acusa a los ex jueces Montoya y V\u00e1zquez Rey fueron investigados en anteriores juicios. En ese sentido, el representante del MPF relat\u00f3 los padecimientos de las v\u00edctimas en los centros clandestinos de detenci\u00f3n en los que fueron confinadas: &#8220;La Escuelita&#8221;, tal como se conoc\u00eda al Destacamento Policial de San Antonio, y el RIM 29.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8220;Tom\u00e1ndola de las manos atadas quedando en una posici\u00f3n tal que los m\u00fasculos del est\u00f3mago y de los muslos quedaban r\u00edgidos y all\u00ed le empezaron a pegar en dichas zonas. Cuando la bajaron pr\u00e1cticamente no sent\u00eda los brazos y las manos debido al tiempo que estuvo colgada sufriendo descoyuntamiento de hombros y cortes en la masa nerviosa del brazo derecho a la altura de la mu\u00f1eca. Las torturas consist\u00edan en golpes de pu\u00f1os y patadas, golpes con maderas y gomas, quemaduras con cigarrillos y f\u00f3sforos, o metales calientes, como esposas, hierros, picana el\u00e9ctrica, submarino seco con bolsa de polietileno y submarino en agua, tambi\u00e9n simulacro de fusilamiento&#8221;, describi\u00f3 el fiscal en un caso, que contiene relatos similares en los dem\u00e1s abordados en este proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: Fiscales. Gob.ar \/ Fotos: neahoy.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Formosa: piden juicio oral para dos exjueces del Tribunal Superior de Justicia, acusados de encubrir los secuestros, torturas y desapariciones de empleados y empleadas judiciales Los acusados son Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio V\u00e1zquez Rey, a quienes la fiscal\u00eda imput\u00f3 por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico y encubrimiento. 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