{"id":32890,"date":"2023-04-12T21:40:29","date_gmt":"2023-04-13T00:40:29","guid":{"rendered":"https:\/\/agendadelsur.com\/?p=32890"},"modified":"2023-04-12T21:41:33","modified_gmt":"2023-04-13T00:41:33","slug":"ex-combatientes-de-malvinas-solicitan-al-canciller-cafiero-la-exoneracion-del-embajador-carlos-foradori","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/2023\/04\/12\/ex-combatientes-de-malvinas-solicitan-al-canciller-cafiero-la-exoneracion-del-embajador-carlos-foradori\/","title":{"rendered":"Ex combatientes de Malvinas solicitan al Canciller Cafiero la exoneraci\u00f3n del Embajador Carlos Foradori"},"content":{"rendered":"\n<h5 class=\"wp-block-heading\"><strong><em>Carlos Foradori fue quien llev\u00f3 adelante el nefasto acuerdo firmado el 13 de Septiembre de 2016 con su contraparte brit\u00e1nica Alan Duncan, acuerdo conocido como Foradori \u2013 Duncan que otorg\u00f3 nuevas concesiones a Gran Breta\u00f1a, para que esta avanzara en el afianzamiento del colonialismo en Malvinas y en el saqueo de los recursos y riquezas naturales de los argentinos.<\/em><\/strong><\/h5>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/senadores-solicitan-informe-presidente-sobre-acuerdo-foradori-duncan.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-32891\" width=\"541\" height=\"376\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/senadores-solicitan-informe-presidente-sobre-acuerdo-foradori-duncan.jpg 656w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/senadores-solicitan-informe-presidente-sobre-acuerdo-foradori-duncan-300x209.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 541px) 100vw, 541px\" \/><figcaption><em>Alan Duncan- Carlos Foradori.<\/em><\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>(NdelaR: Alan Duncan, ex Canciller del Reino Unido, revel\u00f3 tiempo despu\u00e9s de ese encuentro, el estado de ebriedad que embeb\u00eda al ex Vice Canciller argentino cuando firm\u00f3 el acuerdo).<\/p>\n\n\n\n<p>El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, le solicit\u00f3 al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto, Santiago Cafiero, la Exoneraci\u00f3n del Embajador Carlos Mario Foradori de la Canciller\u00eda Argentina por \u201chaber actuado con temeridad, con conocimiento pleno de sus actos y consecuencias menoscabando la Constituci\u00f3n Nacional, Leyes Nacionales vigentes, Resoluciones de Naciones Unidas, Declaraciones nacionales refrendadas por el Honorable Congreso de la Naci\u00f3n, Declaraci\u00f3n de Ushuaia, Declaraciones multilaterales emanadas de organismos o nucleamientos regionales, en perjuicio de los intereses de la Rep\u00fablica Argentina relativos a la cuesti\u00f3n Malvinas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Carlos Foradori fue quien llev\u00f3 adelante el nefasto acuerdo firmado el 13 de Septiembre de 2016 con su contraparte brit\u00e1nica Alan Duncan, acuerdo conocido como Foradori \u2013 Duncan que dejaba en manos de los usurpadores de Malvinas, Georgias, S\u00e1ndwich del Sur y espacios mar\u00edtimos usurpados, la iniciativa para avanzar en mejorar la explotaci\u00f3n de los bienes naturales en la zona ocupada ilegalmente por la potencia neo-colonial militar, as\u00ed tambi\u00e9n mejoraba la log\u00edstica para la usurpaci\u00f3n con un vuelo que operaba desde San Pablo directamente hasta la Fortaleza Militar de Monte Agradable ubicada en la Isla Soledad a 80 km al oeste de Puerto Argentino.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-color wp-block-heading\" style=\"color:#f90206\">Texto completo de la solicitud del Centro de excombatientes al Canciller:<\/h4>\n\n\n\n<p>10 de Abril de 2023<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto<\/p>\n\n\n\n<p>Dr. Santiago Cafiero<\/p>\n\n\n\n<p>Por la presente venimos a solicitar al Sr Canciller Argentino la exoneraci\u00f3n del Servicio Exterior de la Rep\u00fablica Argentina del Embajador D Carlos Mario Foradori que contin\u00faa siendo numeral del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p>El Embajador D. Carlos Mario Foradori ha actuado con temeridad, con conocimiento pleno de sus actos y consecuencias menoscabando la Constituci\u00f3n Nacional, Leyes Nacionales vigentes, Resoluciones de Naciones Unidas, Declaraciones nacionales refrendadas por el Honorable Congreso de la Naci\u00f3n (v.g. Declaraci\u00f3n de Ushuaia), Declaraciones multilaterales emanadas de organismos o nucleamientos regionales, en perjuicio de los intereses de la Rep\u00fablica Argentina relativos a la cuesti\u00f3n Malvinas, en su amplia caracterizaci\u00f3n, a saber: soberan\u00eda territorial, mar\u00edtima, hidrocarbur\u00edfera, ict\u00edcola, acu\u00edfera, alimentaria, ant\u00e1rtica, entre otras.<\/p>\n\n\n\n<p>El 13 de septiembre de 2016 el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Rep\u00fablica Argentina daba a conocer un comunicado conjunto como resultado de la reuni\u00f3n que mantuvo el Vicecanciller Carlos Mario Foradori y el Ministro de Estado para Europa y las Am\u00e9ricas de la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores y Commonwealth brit\u00e1nica, Sir Alan Duncan. Dicho comunicado implic\u00f3 la consumaci\u00f3n de una serie de inobservancias, sino vulneraciones flagrantes, a la Constituci\u00f3n Nacional y diversas Leyes Nacionales vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer t\u00e9rmino, se vulneraba la cl\u00e1usula transitoria primera de la Constituci\u00f3n Nacional que establece:<\/p>\n\n\n\n<p>La Naci\u00f3n Argentina ratifica su leg\u00edtima e imprescriptible soberan\u00eda sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios mar\u00edtimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>La recuperaci\u00f3n de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberan\u00eda, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino. (El resaltado es propio)<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, el comunicado conjunto, contrariaba grandes logros de la diplomacia argentina, como por ejemplo la Resoluci\u00f3n 2065\/65, resultado de la labor del entonces Embajador Jos\u00e9 Mar\u00eda Ruda ante el Subcomit\u00e9 III del Comit\u00e9 Especial Encargado de Examinar la Situaci\u00f3n con Respecto a la Aplicaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n de la Concesi\u00f3n de la Independencia a los Pa\u00edses y Pueblos Coloniales.<\/p>\n\n\n\n<p>Los t\u00e9rminos del comunicado conjunto vulneraban tambi\u00e9n los t\u00e9rminos de la Ley 24.922 que establece el R\u00e9gimen Federal de Pesca, en particular los art\u00edculos 4\u00b0, 5\u00b0, 7\u00b0 y 9\u00b0, 17, 21 y 22. El comunicado violaba las prescripciones de la Ley 26.659 de Hidrocarburos, puntualmente en lo que concierne a las previsiones de los art\u00edculos 1\u00b0 y 2\u00b0.<\/p>\n\n\n\n<p>A nadie puede escap\u00e1rsele el desarrollo de las pr\u00e1cticas ilegales, de acuerdo a la legislaci\u00f3n argentina, que empresas extranjeras desarrollan en nuestras aguas y en relaci\u00f3n a nuestra plataforma continental, con la anuencia de un Estado que ejerce una posesi\u00f3n ilegal, ileg\u00edtima y colonial sobre el territorio insular argentino. De esta forma, cualquier acto emanado de un funcionario que tienda a convalidar, saludar, autorizar o ser condescendiente con dichas pr\u00e1cticas resulta ilegal y arbitrario, pues es contrario a las previsiones de las normas nacionales que rigen la materia.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, en febrero de 2012, \u201cTodas las fuerzas pol\u00edticas de las Comisiones de Relaciones Exteriores de las C\u00e1maras de Diputados y Senadores del Congreso de la Naci\u00f3n suscribieron la declaraci\u00f3n de Ushuaia que ratifica la soberan\u00eda argentina sobre las Islas Malvinas\u201d1. Entre los t\u00e9rminos de la Declaraci\u00f3n de Ushuaia puede leerse:<\/p>\n\n\n\n<p>1 \u2013 La leg\u00edtima e imprescriptible soberan\u00eda de la Rep\u00fablica Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios mar\u00edtimos circundantes, tal como lo establece la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Constituci\u00f3n Nacional, en su condici\u00f3n de partes integrantes del territorio nacional, en consonancia con lo dispuesto por la ley 26.552, que fija los l\u00edmites de la Provincia de Tierra del Fuego, Ant\u00e1rtida e Islas del Atl\u00e1ntico Sur, y por la documentaci\u00f3n que establece la delimitaci\u00f3n de la plataforma continental argentina, presentada por el gobierno argentino ante la Comisi\u00f3n de L\u00edmites de la Plataforma Continental, en cumplimiento de lo dispuesto por el Anexo II de la Convenci\u00f3n sobre Derecho del Mar.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;2\u2013 Su total convicci\u00f3n acerca de la situaci\u00f3n colonial de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y S\u00e1ndwich del Sur que afecta la integridad territorial de la Rep\u00fablica Argentina y de que la disputa entre los gobiernos de la Rep\u00fablica Argentina y del Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte acerca de la soberan\u00eda sobre esos territorios debe resolverse pac\u00edficamente, de acuerdo con lo dispuesto por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante las Resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31\/49, 37\/9, 38\/12, 39\/6, 40\/21, 41\/40, 42\/19 y 43\/25, que instan a ambos gobiernos a proseguir las negociaciones, en el marco de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional, conforme a las recomendaciones del Comit\u00e9 de Descolonizaci\u00f3n de las Naciones Unidas, y a abstenerse de adoptar decisiones que impliquen la introducci\u00f3n de modificaciones unilaterales en la situaci\u00f3n mientras contin\u00fae el proceso de negociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;3 &#8211; Su reafirmaci\u00f3n de la vocaci\u00f3n por el di\u00e1logo y la paz de la Rep\u00fablica Argentina respecto de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios mar\u00edtimos circundantes en un esfuerzo sostenido para recuperar el ejercicio de la soberan\u00eda sobre esos territorios, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme al derecho internacional. En este sentido, una vez m\u00e1s instamos a las negociaciones de soberan\u00eda con el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;4 &#8211; Su advertencia ante la comunidad internacional y las Naciones Unidas de la militarizaci\u00f3n e introducci\u00f3n de armas nucleares en el Atl\u00e1ntico Sur, por parte del Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte, en violaci\u00f3n de la Zona de Paz (Resoluci\u00f3n Asamblea General ONU 41\/11) y el rechazo a la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas contrarias a la necesidad de mantener a la regi\u00f3n libre de medidas de militarizaci\u00f3n, de carreras armament\u00edsticas, de presencia militar extraregional y de armas nucleares.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;5 &#8211; Su rechazo a la persistente actitud colonialista y militarista del Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte en el Atl\u00e1ntico Sur, vulnerando los leg\u00edtimos derechos soberanos de la Rep\u00fablica Argentina y desconociendo las Resoluciones de las Naciones Unidas que instan a la b\u00fasqueda de una soluci\u00f3n pac\u00edfica, justa y duradera en la Cuesti\u00f3n de las Islas Malvinas.<\/p>\n\n\n\n<p>6\u2013 Su condena a las acciones unilaterales ileg\u00edtimas de Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte en materia pesquera e hidrocarbur\u00edfera que violan las diversas resoluciones de las Naciones Unidas y de la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos, y su denuncia del potencial peligro de un desastre medioambiental en el Atl\u00e1ntico Sur como consecuencia de actividades ilegales del Reino Unido en la zona.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, nuestra posici\u00f3n es acompa\u00f1ar todas las decisiones que conviertan a la Rep\u00fablica Argentina en un activo participante de las acciones de protecci\u00f3n del medio ambiente en la Ant\u00e1rtida y el Atl\u00e1ntico Sur.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfSe pueden desconocer dichas normas? \u00bfEs propio de los deberes de un funcionario p\u00fablico de primera l\u00ednea el conceder en forma unilateral ventajas f\u00e1cticas y jur\u00eddicas a una potencia que detenta el territorio en modo ilegal e ileg\u00edtimo? \u00bfEs propio de la debida diligencia de un funcionario el convalidar situaciones de pesca y\/o exploraci\u00f3n\/explotaci\u00f3n hidrocarbur\u00edfera ilegal? \u00bfQu\u00e9 ventajas obtendr\u00eda nuestra Naci\u00f3n? \u00bfQu\u00e9 r\u00e9dito o retorno? La soberan\u00eda, como surgi\u00f3 del comunicado, no se discutir\u00eda y, para colmo, se convalidaba la explotaci\u00f3n ilegal de nuestros bienes naturales\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>Extra\u00f1a casualidad (\u00bfo causalidad?), que dicho comunicado se conociera en tiempos en que la entonces Ministra de Relaciones Exteriores y Culto de la Naci\u00f3n, Da. Susana Mabel Malcorra se encontraba en una carrera individual por suceder al Secretario General de Naciones Unidas, Ban Ki-moon (fue la propia Canciller quien afirm\u00f3 &#8220;Hasta ahora tuvieron una canciller part-time, ahora van a tener una full time\u201d). No es casual, tampoco, que Gran Breta\u00f1a sea uno de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas con poder de veto.<\/p>\n\n\n\n<p>Las cuestiones consignadas, conjugadas con las preguntas efectuadas previamente, y con el ostensible menoscabo a nuestra Constituci\u00f3n Nacional, Leyes, Declaraciones, Resoluciones, entre otras, configuran a nuestro juicio, un flagrante incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico de la entonces Canciller y del entonces Vicecanciller Carlos Foradori, que a\u00fan cumple funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.<\/p>\n\n\n\n<p>A lo expuesto, debe a\u00f1adirse el hecho de que \u201cel 23 de septiembre de 2016 se hab\u00eda llevado a cabo en Nueva York la Reuni\u00f3n Anual de Ministros del Grupo 77 m\u00e1s China\u201d. En dicha reuni\u00f3n se acu\u00f1\u00f3 una Declaraci\u00f3n Ministerial relativa a la cuesti\u00f3n Malvinas 2. Los&nbsp;&nbsp; t\u00e9rminos de la Declaraci\u00f3n se pueden&nbsp; leer en: <a href=\"http:\/\/www.g77.org\/doc\/Declaration2016.htm\">http:\/\/www.g77.org\/doc\/Declaration2016.htm<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros del Grupo de los 77 y China se reunieron en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York el 23 de septiembre de 2016 con motivo de su cuadrag\u00e9sima reuni\u00f3n anual. Los Ministros examinaron la situaci\u00f3n econ\u00f3mica mundial, los recientes desarrollos en el mundo y los problemas particulares que enfrentan los pa\u00edses en desarrollo en las \u00e1reas econ\u00f3micas, sociales y medioambientales y adopt\u00f3 la siguiente Declaraci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>146. Recordando que el 16 de diciembre del a\u00f1o 2015 marc\u00f3 el 50 aniversario de la aprobaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de la Asamblea General de la ONU 2065 (XX), la primera resoluci\u00f3n que se refiere espec\u00edficamente a la Cuesti\u00f3n de las Islas Malvinas, los Ministros reafirmaron la necesidad de que los Gobiernos de la Rep\u00fablica Argentina y el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones de conformidad con los principios y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones pertinentes de la Asamblea general, con el fin de encontrar, tan pronto como sea posible, una soluci\u00f3n pac\u00edfica a la disputa de soberan\u00eda relativa a &#8220;la Cuesti\u00f3n de las Islas Malvinas&#8221;, que perjudica seriamente la capacidad econ\u00f3mica de la Rep\u00fablica Argentina y la necesidad de que ambas partes para que se abstengan de adoptar decisiones que entra\u00f1en la introducci\u00f3n de modificaciones unilaterales en la situaci\u00f3n mientras las Islas est\u00e1n atravesando por la proceso recomendado por la Asamblea general.<\/p>\n\n\n\n<p>148. En este sentido, los ministros reconocieron el derecho de la Rep\u00fablica Argentina para tomar acciones legales con pleno respeto al derecho internacional y las resoluciones pertinentes contra las actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de hidrocarburos no autorizadas en el \u00e1mbito mencionado.<\/p>\n\n\n\n<p>Si aun as\u00ed se sostuviera la l\u00ednea de la \u201crenovaci\u00f3n de votos de confianza para avanzar en una relaci\u00f3n bilateral\u201d, se puede arg\u00fcir con el peso de la historia oficiando de acervo probatorio (\u00a1Y con los hechos actuales aqu\u00ed consignados!), que el Reino Unido se ha encargado en forma sistem\u00e1tica de incumplir los acuerdos y conversaciones forjadas con la Rep\u00fablica Argentina, desde el germen del colonialismo (1833 con la ocupaci\u00f3n por la fuerza), hasta nuestros d\u00edas. Las amenazas de que la Potencia extranjera incurra en nuevos incumplimientos son extremadamente elevadas como para forjar una nueva l\u00ednea de relaci\u00f3n en que la \u00fanica cuesti\u00f3n central, a saber, la soberan\u00eda, quedaba suspendida.<\/p>\n\n\n\n<p>El sostenimiento de la Paz resulta un presupuesto indispensable para la consagraci\u00f3n de los derechos fundamentales. A tal punto, que ha adquirido el car\u00e1cter de Derecho Humano, merced a la constataci\u00f3n del impacto que el belicismo generan en los pueblos, y la vulneraci\u00f3n de derechos que trae aparejado. Nuestro Estado, adem\u00e1s de ser una Naci\u00f3n de Paz, se ha opuesto a los m\u00faltiples ejercicios militares, y los anuncios que ha realizado el Reino Unido al respecto.<\/p>\n\n\n\n<p>Ello, sumado a la incorporaci\u00f3n plena de los principios, lineamientos y objetivos que surgen en forma indubitable de la Carta de las Naciones Unidas, que debe operar de marco hermen\u00e9utico y teleol\u00f3gico para el obrar de los funcionarios (en representaci\u00f3n del Estado), merced al principio de buena fe (Viena 1969), tornan contrarios al obrar legal (Constitucional) de los funcionarios, los t\u00e9rminos expresados en el comunicado conjunto promovido por Carlos Foradori.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfEn qu\u00e9 medida los t\u00e9rminos del comunicado conjunto apuntaban al desarme del Atl\u00e1ntico Sur? \u00bfCu\u00e1les eran las obligaciones que el Reino Unido asumir\u00eda al respecto? \u00bfQu\u00e9 beneficios tra\u00eda aparejados para nuestro pa\u00eds y la regi\u00f3n? Las respuestas son alarmantes. El comunicado conjunto supon\u00eda la convalidaci\u00f3n v\u00eda aquiescencia de un obrar lesivo del Derecho Humano a la Paz en perjuicio del pueblo argentino, y de la regi\u00f3n en su conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p>Los funcionarios intervinientes han operado en nombre y representaci\u00f3n del Estado argentino, han jurado por su Constituci\u00f3n Nacional y sus Leyes, por qu\u00e9 entonces convalidaron y sostuvieron un comunicado oficial que produc\u00eda efectos jur\u00eddicos conforme las previsiones de Viena (1969), y que devastaba la posici\u00f3n argentina en torno a su reclamo por la soberan\u00eda de Malvinas e Islas del Atl\u00e1ntico Sur, y menoscababa el soberano inter\u00e9s de la Rep\u00fablica Argentina (\u00a1Y sus derechos, que son los del pueblo argentino!) sobre su territorio, sus mares y sus bienes naturales y minerales. Cualquier respuesta simple, constituir\u00e1 una burla a la inteligencia m\u00e1s elemental, y es por ello que a\u00fan nos hallamos con la presencia de un funcionario formado en el Instituto del Servicio Exterior de la Naci\u00f3n que ofende la hist\u00f3rica reivindicaci\u00f3n de soberan\u00eda y de los logros fundamentales de nuestra canciller\u00eda en el reclamo de los territorios usurpados en 1833.<\/p>\n\n\n\n<p>Es por lo sint\u00e9ticamente expuesto que le solicitamos la Exoneraci\u00f3n del Embajador Carlos Mario Foradori de la Canciller\u00eda Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p>Sr. Canciller el Acuerdo Foradori \u2013 Duncan ya quedo desterrado, la temeridad insoslayable en relaci\u00f3n a una tem\u00e1tica tan cara al sentimiento nacional, demostrada por Carlos Mario Foradori en las funciones en las que se desenvolvi\u00f3, es el porqu\u00e9 de la premura de esta solicitud.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00a0Ernesto Alonso Secretario de DDHH<\/p>\n\n\n\n<p>\u00a0Rodolfo Carrizo Presidente<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: agendamalvinas.com.ar<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"300\" height=\"300\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/AVISO-CRISTALDO-A-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-32827\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/AVISO-CRISTALDO-A-1.jpg 300w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/AVISO-CRISTALDO-A-1-150x150.jpg 150w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"300\" height=\"250\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/MILLANEL-INT.-1-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-32823\"\/><\/figure><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Carlos Foradori fue quien llev\u00f3 adelante el nefasto acuerdo firmado el 13 de Septiembre de 2016 con su contraparte brit\u00e1nica Alan Duncan, acuerdo conocido como Foradori \u2013 Duncan que otorg\u00f3 nuevas concesiones a Gran Breta\u00f1a, para que esta avanzara en el afianzamiento del colonialismo en Malvinas y en el saqueo de los recursos y riquezas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":32893,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[9],"tags":[9737,6219,9736],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32890"}],"collection":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32890"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32890\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":32895,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32890\/revisions\/32895"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/32893"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32890"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32890"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32890"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}