{"id":48547,"date":"2024-07-12T00:58:00","date_gmt":"2024-07-12T03:58:00","guid":{"rendered":"https:\/\/agendadelsur.com\/?p=48547"},"modified":"2024-07-11T23:49:15","modified_gmt":"2024-07-12T02:49:15","slug":"crimenes-de-lesa-humanidad-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/2024\/07\/12\/crimenes-de-lesa-humanidad-3\/","title":{"rendered":"Cr\u00edmenes de Lesa humanidad"},"content":{"rendered":"\n<h6 class=\"wp-block-heading\">San Nicol\u00e1s: la fiscal\u00eda solicit\u00f3 el llamado a indagatoria de tres exmilitares y de dos civiles por el homicidio del obispo Ponce de Le\u00f3n.Los imputados militares fueron responsables de la Secci\u00f3n de Inteligencia del Ej\u00e9rcito y el principal colaborador del jefe del \u00c1rea Militar 132, mientras que los civiles est\u00e1n sindicados como responsables de haber cruzado sobre la ruta la camioneta que embisti\u00f3 el veh\u00edculo que conduc\u00eda el prelado. En la causa se investiga un atentado, tras la anulaci\u00f3n de la sentencia que hab\u00eda declarado en 1978 que los hechos fueron un incidente vial.<\/h6>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"700\" height=\"480\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/1.-Ponce.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-48548\" style=\"width:576px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/1.-Ponce.png 700w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/1.-Ponce-300x206.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 700px) 100vw, 700px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\"><em>Obispo Ponce de Le\u00f3n<\/em><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal federal de San Nicol\u00e1s, Mat\u00edas Di Lello, requiri\u00f3 ayer el llamado a declaraci\u00f3n indagatoria de tres exmilitares y de dos civiles imputados como coautores del homicidio agravado del obispo Carlos Horacio Ponce de Le\u00f3n y la tentativa de homicidio calificado en perjuicio de V\u00edctor Oscar Mart\u00ednez el 11 de julio de 1977 en el marco de un suceso que pretendi\u00f3 presentarse p\u00fablicamente como un incidente vial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La presentaci\u00f3n del MPF se produce luego de que la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n confirmara el fallo de la C\u00e1mara Federal de Rosario que anul\u00f3 por cosa juzgada \u00edrrita la sentencia que en 1978 hab\u00eda determinado que el obispo conduc\u00eda un autom\u00f3vil Renault 4S por la Ruta Nacional N\u00b09 y que a la altura del kil\u00f3metro 212 fue embestido por una camioneta Ford F-100, que cruz\u00f3 de carril. La sentencia referida indic\u00f3 que el prelado falleci\u00f3 producto del impacto, mientras que su acompa\u00f1ante, Mart\u00ednez, result\u00f3 gravemente herido. El juez provincial Oberd\u00e1n Andr\u00edn conden\u00f3 entonces al conductor de la camioneta a la pena de 6 meses de prisi\u00f3n en suspenso y lo inhabilit\u00f3 para conducir automotores por 5 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal formul\u00f3 el pedido en el marco de la Resoluci\u00f3n PGN 13\/08, que instruy\u00f3 a los\/as fiscales a requerir la elevaci\u00f3n a juicio en casos de cr\u00edmenes de lesa humanidad a\u00fan cuando se encuentren pendientes recursos contra los procesamientos ante la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n o ante la Corte Suprema. En este caso, la fiscal\u00eda reinterpret\u00f3 esa resoluci\u00f3n para pedir la convocatoria a prestar declaraci\u00f3n indagatoria a\u00fan cuando se encuentra pendiente un recurso de la defensa ante la Corte Suprema respecto de la anulaci\u00f3n de la sentencia de 1978 y la reapertura del caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El informe completo<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La investigaci\u00f3n del caso como un atentado contra Ponce de Le\u00f3n -que al momento del hecho ven\u00eda de denunciar en el Vaticano las violaciones a los derechos humanos en Argentina- fue una hip\u00f3tesis trabajada desde 2005 por la Fiscal\u00eda Federal de San Nicol\u00e1s, que logr\u00f3 que el Poder Judicial validara su postura, removiera los efectos de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y reabriera el proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En efecto, la fiscal\u00eda recab\u00f3 elementos de prueba que le permiten sostener que Ponce de Le\u00f3n fue asesinado en un atentado planificado por diferentes \u00f3rganos represivos como consecuencia de sus denuncias, que consisti\u00f3 en cruzar la camioneta sobre la ruta para que fuera embestida por el veh\u00edculo conducido por Ponce de Le\u00f3n en la madrugada del 11 de julio de 1977.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pedido de llamado a declaraci\u00f3n indagatoria formulado por el fiscal Di Lello, que deber\u00e1 resolver el juez federal subrogante Marcelo Bailaque, comprende al exjefe de Personal y Log\u00edstica de la Plana Mayor del \u00c1rea Militar 132 y del Batall\u00f3n de Ingenieros de Combate 101 de San Nicol\u00e1s, Bernardo Luis Landa; al exjefe y el exsegundo jefe de la Secci\u00f3n San Nicol\u00e1s del Destacamento de Inteligencia 101, Omar Andrada y Luis Am\u00e9rico Mu\u00f1oz, respectivamente; el conductor de la camioneta Ford F-100 ante la cual impact\u00f3 el Renault 4 conducido por Ponce de Le\u00f3n y empleado de la firma Agropolo S.A, Luis Antonio Mart\u00ednez; y el titular registral de la camioneta, directivo de aquella empresa, Sergio Carlos Bottini, quien acompa\u00f1aba a Mart\u00ednez el d\u00eda de los hechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El obispo Ponce de Le\u00f3n hab\u00eda denunciado en el Vaticano las violaciones a los derechos humanos en Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal Di Lello record\u00f3 que, al validar la hip\u00f3tesis del atentado propiciada por el MPF, la C\u00e1mara Federal de Rosario indic\u00f3 que &#8220;no es posible soslayar que el Obispo estaba siendo objeto de operaciones de inteligencia, seguimientos y amenazas por parte de los \u00f3rganos represivos del gobierno de facto que reg\u00eda en el pa\u00eds entre 1976\/1983&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En ese marco, el representante del MPF formul\u00f3 la imputaci\u00f3n a los cinco acusados teniendo en cuenta la participaci\u00f3n material del conductor y del propietario (y acompa\u00f1ante) de la camioneta F-100 y la &#8220;estructura de poder organizada&#8221; en el \u00c1rea Militar 132 para la ejecuci\u00f3n del plan criminal de persecuci\u00f3n y eliminaci\u00f3n de personas opositoras al r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al respecto, el fiscal sostuvo que Landa &#8220;ten\u00eda un rol de relevancia en la estructura de la unidad militar que ejerc\u00eda el control jurisdiccional a los fines de la lucha contra la subversi\u00f3n&#8221; y que era &#8220;una suerte de &#8216;alter ego&#8217; del entonces teniente coronel [Fernando] Saint Amat&#8221;, el fallecido jefe del \u00e1rea militar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8220;No puede sostenerse en base a ning\u00fan razonamiento l\u00f3gico que, cuando como Oficial S1 [denominaci\u00f3n de los reglamentos militares para el jefe de personal] dispon\u00eda de personal, o cuando como Oficial S4 [jefe de Log\u00edstica] dispon\u00eda de medios materiales para las distintas operaciones de seguridad y de aniquilamiento dispuestas en los reglamentos, ignorara que dichos medios ten\u00edan la finalidad clandestina propia de la llamada &#8216;guerra contra la subversi\u00f3n'&#8221;, explic\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un peritaje realizado con un programa inform\u00e1tico determin\u00f3 que la camioneta F-100 no estaba en movimiento sobre la ruta 9, sino que estaba cruzada de forma transversal para que fuera embestida por el Reunalt 4S que conduc\u00eda el obispo Ponce de Le\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A\u00f1adi\u00f3 que Landa &#8220;en su car\u00e1cter de asistente directo del Jefe de la Unidad tuvo que tener un rol de importancia en la correspondencia, alguna de ellas con el r\u00f3tulo de confidencial, intercambiada a partir de diciembre de 1976 entre el Jefe del \u00e1rea Militar 132 y del Batall\u00f3n de Combate de Ingenieros 101 por el Comandante del Primer Cuerpo de Ej\u00e9rcito y el Director General de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores respecto de las operaciones de inteligencia que se estaban realizando sobre Monse\u00f1or Carlos Horacio Ponce de Le\u00f3n y los integrantes de la Di\u00f3cesis Nicole\u00f1a conforme se encuentra plasmado en la presente causa&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cuanto a Andrada y Mu\u00f1oz, jefe y segundo jefe de la Secci\u00f3n San Nicol\u00e1s del Destacamento de Inteligencia 101, el fiscal les imput\u00f3 haber colectado &#8220;la informaci\u00f3n que transformaron en inteligencia para poder identificar como oponente a monse\u00f1or Ponce de Le\u00f3n y operar en su contra para la diagramaci\u00f3n del atentado que cobrara su vida&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, en relaci\u00f3n a Luis Mart\u00ednez y a Carlos Bottini, el fiscal se\u00f1al\u00f3 que \u201cfueron ellos quienes dispusieron del dominio material de los hechos delictivos investigados, esto es colocar la Ford Pick Up F 100 que gener\u00f3 la colisi\u00f3n que acorde la hip\u00f3tesis criminal sostenida fue un atentado pensado y ejecutado por las autoridades militares contra la persona del Obispo Ponce de Le\u00f3n, el que ocasionara su muerte&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pruebas de un atentado<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante la investigaci\u00f3n, la fiscal\u00eda bas\u00f3 su hip\u00f3tesis del homicidio en las irregularidades detectadas en la causa tramitada en el fuero provincial que concluy\u00f3 con la sentencia de 1978. En ese proceso, sostuvo, no se agregaron el certificado de defunci\u00f3n ni se investigaron las causas de la muerte de Ponce de Le\u00f3n, no se secuestraron los veh\u00edculos, no se realiz\u00f3 un peritaje accidentol\u00f3gico ni se efectuaron diligencias para establecer la raz\u00f3n de la ausencia de huellas de frenadas, como tampoco se busc\u00f3 testigos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En tanto, en la investigaci\u00f3n en el fuero federal se incorpor\u00f3 al caso el peritaje realizado por el ingeniero y licenciado en Accidentolog\u00eda y Prevenci\u00f3n Vial Jorge Geretto, quien mediante el software PC-Crash elabor\u00f3 un informe en el que estableci\u00f3 -entre otros aspectos- que no hubo un choque entre la F-100 y el auto que conduc\u00eda Ponce de Le\u00f3n, sino que la camioneta se encontraba detenida y cruzada en forma transversal sobre la ruta al momento de ser colisionada, y que tampoco era tripulada, &#8220;pues el chofer y el acompa\u00f1ante de la Ford F-100 hubieran tenido mayores o iguales lesiones a las que sufri\u00f3 Ponce de Le\u00f3n&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro de los peritajes realizados en la causa consisti\u00f3 en el examen antropol\u00f3gico realizado en 2009 sobre el cuerpo de Ponce de Le\u00f3n, que demostr\u00f3 la ausencia de la &#8220;fractura y hundimiento de cr\u00e1neo&#8221; que hab\u00eda sido descripta en la autopsia realizada en 1977 y que dej\u00f3 en evidencia cuanto menos que la investigaci\u00f3n provincial no fue consistente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, la fiscal\u00eda recogi\u00f3 diferentes testimonios de miembros de la Iglesia Cat\u00f3lica que refirieron que la v\u00edctima ten\u00eda &#8220;documentaci\u00f3n vinculada a personas detenidas, perseguidas o desaparecidas durante el \u00faltimo gobierno militar&#8221; y que &#8220;luego de la muerte del obispo esa informaci\u00f3n nunca fue encontrada&#8221;. Record\u00f3 asimismo que el \u00fanico testigo que neg\u00f3 a hablar sobre la existencia de esa documentaci\u00f3n fue el administrador apost\u00f3lico de la di\u00f3cesis local, Justo Oscar Laguna, quien fue procesado por falso testimonio por esa conducta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: fiscales.gob.ar<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>San Nicol\u00e1s: la fiscal\u00eda solicit\u00f3 el llamado a indagatoria de tres exmilitares y de dos civiles por el homicidio del obispo Ponce de Le\u00f3n.Los imputados militares fueron responsables de la Secci\u00f3n de Inteligencia del Ej\u00e9rcito y el principal colaborador del jefe del \u00c1rea Militar 132, mientras que los civiles est\u00e1n sindicados como responsables de haber [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":48548,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[9],"tags":[483,13946,9185],"class_list":["post-48547","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-nacionales","tag-crimenes-de-lesa-humanidad","tag-homicidio-obispo-ponce-de-leon","tag-obispo-ponce-de-leon"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/1.-Ponce.png","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48547","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=48547"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48547\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":48549,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48547\/revisions\/48549"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/48548"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=48547"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=48547"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=48547"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}