{"id":61538,"date":"2026-01-05T20:15:59","date_gmt":"2026-01-05T23:15:59","guid":{"rendered":"https:\/\/agendadelsur.com\/?p=61538"},"modified":"2026-01-05T20:16:00","modified_gmt":"2026-01-05T23:16:00","slug":"side-el-gobierno-pone-al-estado-al-servicio-del-espionaje-interno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/2026\/01\/05\/side-el-gobierno-pone-al-estado-al-servicio-del-espionaje-interno\/","title":{"rendered":"Side: el gobierno pone al estado al servicio del espionaje interno."},"content":{"rendered":"\n<h6 class=\"wp-block-heading\">Con el DNU 941\/25 se debilitan a\u00fan m\u00e1s los controles sobre el sistema de inteligencia. La ampliaci\u00f3n m\u00e1xima del secreto, la posibilidad de que los agentes de inteligencia detengan personas, la autonom\u00eda militar y el acopio masivo de nuestros datos personales son algunos de los puntos m\u00e1s preocupantes. El decreto es inconstitucional y debe ser rechazado por el Congreso.<\/h6>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"680\" height=\"480\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/SIDE.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-61539\" style=\"width:586px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/SIDE.jpg 680w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/SIDE-300x212.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 680px) 100vw, 680px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con el Congreso en receso y sin ning\u00fan contexto urgente distinto al de hace un mes o dos, Javier Milei firm\u00f3 un decreto de necesidad y urgencia (DNU 941\/2025) que produce una reforma profunda del sistema de inteligencia nacional. El gobierno presenta esto como unas modificaciones administrativas para clarificar funciones, pero es en verdad una reforma estructural del aparato de seguridad y defensa del Estado, que le otorga a la SIDE el poder de una polic\u00eda secreta que podr\u00e1 detener personas y un marco legal para vigilar a toda la ciudadan\u00eda bajo el m\u00e1s estricto de los secretos. Esta reforma es inconstitucional y peligrosa: debilita los l\u00edmites y controles de las agencias de inteligencia, reforzando la opacidad, la discrecionalidad, el secretismo y la intervenci\u00f3n directa del poder oculto en la vida social y pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma implica un cambio central del modelo de inteligencia: la SIDE pasa de tener un enfoque de seguridad nacional a ser un organismo orientado a la contrainteligencia, concepto que el DNU ampl\u00eda hasta englobar cualquier amenaza externa o interna al gobierno. Esto lo convierte en una agencia orientada a la inteligencia pol\u00edtica para vigilar y controlar todo aquello que se defina como un riesgo interno. La l\u00f3gica del enemigo interno vuelve a estar presente en nuestro sistema de inteligencia. Adem\u00e1s, la reforma implica un serio riesgo para la libertad y la privacidad de las personas. El Decreto convierte a las distintas \u00e1reas del Estado, como el ReNaPer o ARCA, en terminales del sistema de inteligencia ya que, sin ning\u00fan tipo de control democr\u00e1tico, tendr\u00e1n que entregar informaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante los \u00faltimos dos a\u00f1os el Gobierno reform\u00f3 por DNU el sistema de inteligencia y las leyes org\u00e1nicas de polic\u00eda federal y las fuerzas de seguridad. Tiene prohibido hacerlo, pero lo hizo de hecho, ante la mirada impasible de los poderes Legislativo y Judicial. Con este nuevo decreto, sigue corriendo los l\u00edmites constitucionales, construyendo sin pasar por el Congreso un marco normativo que tiene como destino la vigilancia pol\u00edtica de quienes ya en el Plan de Inteligencia Nacional (PIN) filtrado estaban marcados como enemigos internos: anarquistas, comunidades ind\u00edgenas, periodistas y distintos actores que \u201cdeslegitimen\u201d al gobierno o a sus pol\u00edticas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s secreto, m\u00e1s arbitrariedad y menos transparencia<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El decreto suma un nuevo art\u00edculo (2 bis) a la Ley de Inteligencia Nacional que establece que todas las actividades de Inteligencia Nacional revisten car\u00e1cter encubierto, \u201cen virtud de su sensibilidad\u201d, con el objetivo de minimizar el \u201cRiesgo Estrat\u00e9gico Nacional\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este nivel de secretismo implica que el accionar de la SIDE y del Sistema de Inteligencia Nacional queda formalmente oculto, reforzando el secreto como regla legal expl\u00edcita. El decreto habilita la \u201cpreservaci\u00f3n de m\u00e9todos y fuentes\u201d sin ning\u00fan l\u00edmite. Este tipo de \u201cencubrimiento\u201d es el que habilita, por ejemplo, el uso de fondos reservados para operaciones ilegales, como ocurri\u00f3 en la investigaci\u00f3n del atentado a la AMIA o el desv\u00edo de fondos para enriquecimiento personal de las autoridades o agentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dentro de las l\u00f3gicas democr\u00e1ticas, es importante promover la mayor transparencia posible en el manejo de la informaci\u00f3n de inteligencia. Establecer la publicidad es evitar que el secreto siga siendo la regla en la actuaci\u00f3n de los organismos de inteligencia&nbsp; y posibilitar el control interno y externo. Este DNU debilita a\u00fan m\u00e1s los controles de la ciudadan\u00eda, de la pol\u00edtica y de la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En busca de un enemigo interno<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El nuevo art\u00edculo 2\u00b0 quater expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevenci\u00f3n de acciones de infiltraci\u00f3n, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos, incluso en \u201cabordajes multidimensionales\u201d de actores estatales y no estatales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, se establecen las denominadas \u201cMedidas de Seguridad de Contrainteligencia\u201d, que deber\u00e1n ser adoptadas en todo el Sector P\u00fablico Nacional, bajo responsabilidad de los titulares de cada organismo. Esto convierte a la totalidad de la administraci\u00f3n p\u00fablica en parte activa de la estrategia de contrainteligencia dirigida por la SIDE.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El decreto modifica el art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 25.520. Las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia pol\u00edtica (no influir sobre la vida pol\u00edtica, social, econ\u00f3mica, partidos, opini\u00f3n p\u00fablica), se vuelven irrelevantes porque se incluye&nbsp; una excepci\u00f3n muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas en el nuevo art\u00edculo 2\u00b0 quater quedan habilitadas a realizar estas pr\u00e1cticas hasta ahora prohibidas. En los hechos flexibiliza los l\u00edmites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje pol\u00edtico en nombre de la contrainteligencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si tenemos en cuenta lo que se conoci\u00f3 del PlN que habilita a vigilar a todas las personas que el gobierno considere una amenaza para sus pol\u00edticas, definitivamente este DNU viene a ponerle un manto de \u201clegalidad\u201d a este tipo de espionaje antidemocr\u00e1tico e inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La SIDE, polic\u00eda secreta<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A partir de hoy, con la entrada en vigencia del DNU, la SIDE podr\u00e1 detener personas. Este poder compulsivo, otorgado por decreto a la Agencia Nacional de Contrainteligencia, vulnera una de las reglas m\u00e1s importantes de nuestro r\u00e9gimen constitucional. El Poder Ejecutivo no puede otorgar por decreto facultades de detenci\u00f3n a organismos de seguridad, por razones indefinidas y sin orden judicial. Y mucho menos a la agencia de inteligencia.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 10 nonies es el que habilita al personal de inteligencia a: repeler o hacer cesar agresiones contra instalaciones, bienes, personal, operaciones o informaci\u00f3n del sistema de inteligencia; proceder a la detenci\u00f3n de personas en el marco de actividades de inteligencia, auxilio judicial o delitos en flagrancia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las Fuerzas Armadas aut\u00f3nomas y en tareas de inteligencia interior<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 10 octies faculta a la SIDE a pedir la asistencia, apoyo t\u00e9cnico o log\u00edstico de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad federales y fuerzas policiales. En esos casos, el personal queda sujeto a las mismas condiciones que el personal de inteligencia, incluido el secreto. Adem\u00e1s se estipula que en tiempos de paz la inteligencia militar producir\u00e1 conocimiento sobre \u201corganizaciones no estatales de inter\u00e9s\u201d, sin aclarar a qu\u00e9 se refiere eso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al mismo tiempo el Gobierno elimina el control civil sobre la inteligencia militar y le da autonom\u00eda al Estado Mayor Conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estas dos cuestiones plantean un retroceso hist\u00f3rico respecto de los acuerdos pol\u00edticos de las \u00faltimas d\u00e9cadas dirigidos a fortalecer la conducci\u00f3n civil de las FFAA y a sostener el la separaci\u00f3n entre Defensa Nacional y Seguridad Interior, para evitar que los militares vuelvan a intervenir ante hip\u00f3tesis de conflicto interno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Vigilancia masiva e informaci\u00f3n personal en peligro<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro de los puntos preocupantes es el manejo de la informaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda. El DNU refuerza el intercambio de datos personales y obliga a todas las dependencias de la Administraci\u00f3n P\u00fablica a brindar informaci\u00f3n a la SIDE, sin mayores controles ni autorizaci\u00f3n judicial previa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La creaci\u00f3n de la Comunidad Informativa Nacional dirigida por la SIDE, habilita nuevos canales de circulaci\u00f3n de informaci\u00f3n desde organismos civiles hacia el Sistema de Inteligencia Nacional, sin que haya l\u00edmites sobre el tipo de datos, los criterios de necesidad y almacenamiento o los mecanismos de control. Es decir, la SIDE podr\u00e1 acopiar informaci\u00f3n de cualquier persona que est\u00e9 en manos de otras agencias estatales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ya hab\u00edamos advertido con el DNU 614\/24 sobre las funciones amplias de la nueva Agencia Nacional de Ciberseguridad que ahora pasar\u00e1 a llamarse Agencia Nacional de Ciberinteligencia. Se abren muchas preguntas sobre el tipo de vigilancia digital que podr\u00e1 hacer, sus habilitaciones y autorizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, la informaci\u00f3n obtenida por la SIDE sin controles democr\u00e1ticos podr\u00e1 compartirse con otras agencias de inteligencia del mundo sin autorizaci\u00f3n judicial y bajo el m\u00e1s absoluto secreto. Nunca podremos saber qu\u00e9 tipo de informaci\u00f3n se comparte, con qui\u00e9n, para qu\u00e9, ni bajo qu\u00e9 t\u00e9rminos o convenios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Centralizaci\u00f3n pol\u00edtica, operativa y presupuestaria en la SIDE<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El decreto confunde, adrede y con mala fe, la necesidad real de mejorar la coordinaci\u00f3n del trabajo de inteligencia, con una centralizaci\u00f3n de todas las decisiones en la SIDE, lo que la transforma en una especie de superorganismo con capacidad de acceder a toda la botonera estatal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A partir del DNU, la inteligencia criminal y militar queda subordinada a la SIDE. As\u00ed, refuerza su rol como \u00f3rgano rector del Sistema de Inteligencia Nacional, con facultades para: dirigir la Comunidad de Inteligencia Nacional y la Comunidad Informativa Nacional, requerir informaci\u00f3n a organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires; aprobar presupuestos, gastos reservados y reprogramaciones de los distintos \u00f3rganos del sistema.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto consolida un modelo centralizado de producci\u00f3n, control y circulaci\u00f3n de informaci\u00f3n e inteligencia. La nueva SIDE hace acordar a la vieja SIDE.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde su primer a\u00f1o de gesti\u00f3n, el gobierno de Milei impuso una primera reforma del sistema de inteligencia por decreto (DNU 614\/24) y avanz\u00f3 con lineamientos estrat\u00e9gicos y \u00f3rdenes operativas para hacer inteligencia sobre lo que considera amenazas internas a la gobernabilidad y la conflictividad social. La reacci\u00f3n del sistema pol\u00edtico y del poder judicial fue dejar hacer. Ahora los l\u00edmites se corren todav\u00eda m\u00e1s. Es urgente que el Congreso ponga en funcionamiento la Comisi\u00f3n Bicameral de Inteligencia y que, desde todos los espacios pol\u00edticos democr\u00e1ticos trabajen para rechazar este decreto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: CELS<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con el DNU 941\/25 se debilitan a\u00fan m\u00e1s los controles sobre el sistema de inteligencia. La ampliaci\u00f3n m\u00e1xima del secreto, la posibilidad de que los agentes de inteligencia detengan personas, la autonom\u00eda militar y el acopio masivo de nuestros datos personales son algunos de los puntos m\u00e1s preocupantes. 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