{"id":62169,"date":"2026-02-15T00:17:00","date_gmt":"2026-02-15T03:17:00","guid":{"rendered":"https:\/\/agendadelsur.com\/?p=62169"},"modified":"2026-02-14T21:20:41","modified_gmt":"2026-02-15T00:20:41","slug":"la-baja-de-imputabilidad-otra-propuesta-en-tono-populismo-punitivista","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendadelsur.com\/index.php\/2026\/02\/15\/la-baja-de-imputabilidad-otra-propuesta-en-tono-populismo-punitivista\/","title":{"rendered":"La baja de imputabilidad: otra propuesta en tono populismo punitivista"},"content":{"rendered":"\n<h6 class=\"wp-block-heading\">Ley Penal Juvenil. La Libertad Avanza y la \u201coposici\u00f3n dialoguista\u201d (UCR + PRO) acordaron bajar a 14 a\u00f1os la edad de imputabilidad y debatir el proyecto en Diputados. La iniciativa se discutir\u00e1 en el recinto este jueves (12). Lo rid\u00edculo de la propuesta llega al punto de que, mientras el gobierno insist\u00eda en fijar en 13 el m\u00ednimo de punibilidad, se top\u00f3 con la resistencia de los bloques dialoguistas, quienes sostienen que \u201cpor una cuesti\u00f3n de prudencia cient\u00edfica no hay consenso m\u00e9dico ni psicol\u00f3gico sobre si un chico de 12 o 13 a\u00f1os comprende plenamente la criminalidad de sus actos\u201d, comprensi\u00f3n que aparecer\u00eda m\u00e1gicamente al cumplir los 14.<\/h6>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"680\" height=\"440\" src=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/NOTA.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-62170\" style=\"width:560px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/NOTA.jpg 680w, https:\/\/agendadelsur.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/NOTA-300x194.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 680px) 100vw, 680px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por Evelyn Mac Dermott. becaria en investigaci\u00f3n y docencia del Departamento de Ciencias Sociales UNQ. El debate sobre la baja de la edad de imputabilidad a los 14 a\u00f1os, impulsado por el bloque oficialista, no puede leerse por fuera del modelo social que lo sostiene. En una Argentina atravesada por niveles hist\u00f3ricos de desigualdad, la respuesta estatal frente a la pobreza y la exclusi\u00f3n vuelve a ser punitiva. As\u00ed, cada vez que un hecho delictivo protagonizado por un menor irrumpe en la agenda medi\u00e1tica (no desinteresadamente), el endurecimiento penal aparece como sustituto de pol\u00edticas sociales que el propio Estado, por su car\u00e1cter de clase, es incapaz de proporcionar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este rasgo se expresa hoy con mayor fuerza bajo el gobierno de Javier Milei, cuya pol\u00edtica de ajuste y achicamiento del Estado implic\u00f3 el desmantelamiento de programas orientados a la ni\u00f1ez, la adolescencia, el deporte y la salud mental, \u00e1reas clave para la prevenci\u00f3n de la violencia social y la construcci\u00f3n de proyectos de vida. No es la pobreza per se la que explica el conflicto en torno a la delincuencia, sino que se trata de un fen\u00f3meno multicausal que debe leerse en torno a c\u00f3mo conviven el mercado, los procesos identitarios, las masculinidades, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero el retiro deliberado del Estado de estos campos no s\u00f3lo profundiza las condiciones materiales que empujan a muchos j\u00f3venes a trayectorias de exclusi\u00f3n, sino que luego reaparece bajo su forma m\u00e1s violenta: la del castigo penal. As\u00ed, el mismo Estado que recorta derechos y dispositivos de cuidado, es el que luego se presenta como garante del orden a trav\u00e9s del endurecimiento punitivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El proyecto llegar\u00e1 de forma expr\u00e9s al recinto, contando con el aval de LLA, UCR, PRO, y una simpat\u00eda radicada en el populismo punitivista por parte de un sector del bloque de Uni\u00f3n por la Patria referenciado con el Frente Renovador, mientras que el sector m\u00e1s \u201cprogre\u201d de la bancada se refugia en argumentos de tipo t\u00e9cnico como la vigencia del art\u00edculo 37 de la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o, o los apresurados tiempos estipulados para el debate. Por eso, desde estas l\u00edneas proponemos desarmar los argumentos que apuntan a construir una figura de \u201cpibe chorro\u201d, que sirve para criminalizar a la juventud y dar herramientas jur\u00eddico-legal a las fuerzas represivas de seguridad que controlan y verduguean a los j\u00f3venes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El mito de la \u201cinvasi\u00f3n\u201d de delitos juveniles<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sensaci\u00f3n de inseguridad suele construirse a partir de casos de alta visibilidad medi\u00e1tica, pero los n\u00fameros oficiales cuentan otra historia. Seg\u00fan los \u00faltimos reportes de la Procuraci\u00f3n General de la Provincia de Buenos Aires, las causas tramitadas en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil representan apenas entre el 2% y el 2,3% del total de las investigaciones penales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto implica que m\u00e1s del 97% de los delitos en el distrito m\u00e1s poblado del pa\u00eds son cometidos por adultos. Esta estad\u00edstica pone de manifiesto que no \u201cpretenden resolver el problema de la seguridad\u201d, sino montar una cortina de humo reaccionario para aumentar los factores de control y criminalizaci\u00f3n de la juventud, en particular, de los barrios plebeyos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una tendencia a la baja, no al alza<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Contrariamente al discurso que sostiene que \u201ccada vez hay m\u00e1s menores delinquiendo\u201d, los registros oficiales muestran una tendencia decreciente. La Base General de Datos de Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes de la Corte Suprema de Justicia, indica que los homicidios dolosos con participaci\u00f3n de menores de 16 a\u00f1os descendieron de manera sostenida en la \u00faltima d\u00e9cada, con una ca\u00edda del 57% desde 2009.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, el 81% de los delitos cometidos por j\u00f3venes corresponde a delitos contra la propiedad, como robos y hurtos, frecuentemente asociados a contextos de exclusi\u00f3n social extrema, y no a delitos de sangre. Estos datos refuerzan la idea de que el problema no es la edad de imputabilidad, sino las condiciones sociales en las que se desarrollan estas trayectorias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fracaso del encierro como respuesta estatal<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La propuesta de bajar la edad de imputabilidad omite un dato central: la Argentina ya cuenta con un r\u00e9gimen penal juvenil, establecido en la Ley 22.278, que habilita la intervenci\u00f3n estatal ante delitos cometidos por menores. El problema, entonces, no es la ausencia de herramientas legales, sino el fracaso de las pol\u00edticas de fondo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Diversos observatorios de derechos humanos advierten que el ingreso temprano al sistema penal incrementa los niveles de reincidencia, en lugar de reducirlos. En un pa\u00eds donde m\u00e1s del 60% de los ni\u00f1os y ni\u00f1as vive por debajo de la l\u00ednea de pobreza, la respuesta del Estado llega reci\u00e9n a los 14 a\u00f1os en forma de encierro, cuando deber\u00eda haber llegado mucho antes: a los 4 a\u00f1os con pol\u00edticas de nutrici\u00f3n, a los 8 con educaci\u00f3n sostenida, y a los 12 con dispositivos de contenci\u00f3n social y espacios de recreaci\u00f3n seguros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La trampa del \u201cefecto sustituci\u00f3n\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Bajar la edad de imputabilidad tampoco afecta a las organizaciones criminales \u201cadultas\u201d. Por el contrario, genera un previsible \u201cefecto sustituci\u00f3n\u201d: las redes delictivas simplemente desplazan el reclutamiento hacia ni\u00f1os cada vez m\u00e1s peque\u00f1os, de 12 u 11 a\u00f1os, que contin\u00faan siendo inimputables. De este modo, el Estado queda atrapado en una l\u00f3gica reactiva, ampliando el alcance del sistema penal sin desarticular las estructuras que lucran con la vulnerabilidad infantil. Por lo que, no s\u00f3lo no resuelven el problema que vienen a solucionar por el irrelevante peso que muestran las estad\u00edsticas sobre participaci\u00f3n juvenil, sino que promueven una afiliaci\u00f3n delictiva cada vez m\u00e1s temprana.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Conclusi\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La persistencia de econom\u00edas ilegales no puede comprenderse por fuera de las condiciones materiales que impone el capitalismo perif\u00e9rico. En un modelo econ\u00f3mico organizado en torno a la precarizaci\u00f3n, el propio mercado formal deja sin cobertura amplias zonas de la reproducci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un ejemplo cotidiano lo ilustra con claridad: mientras las automotrices producen repuestos durante un per\u00edodo limitado tras la discontinuidad de un modelo, la vida \u00fatil real de esos veh\u00edculos se extiende por d\u00e9cadas en manos de trabajadores que no pueden renovarlos peri\u00f3dicamente. All\u00ed donde el mercado legal se retira, se abre un espacio que es ocupado por circuitos informales e ilegales, como los desarmaderos de autos, que no emergen por una supuesta \u201ccultura del delito\u201d, sino, al menos en parte,&nbsp; como respuesta a necesidades materiales insatisfechas o a la construcci\u00f3n de identidades juveniles donde otras propuestas o afiliaciones no existen o est\u00e1n debidamente impuestas por el mercado: todo tiene precio y no se puede ser sin consumir.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Frente a este entramado estructural, el Estado opta por intervenir no sobre las l\u00f3gicas econ\u00f3micas que producen precariedad, sino sobre los sujetos que quedan atrapados en ellas, ampliando el alcance del sistema penal en lugar de garantizar derechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la Argentina, el 99% de los ni\u00f1os y adolescentes no tiene ning\u00fan contacto con el sistema penal. Sin embargo, el debate p\u00fablico insiste en concentrarse sobre ese margen m\u00ednimo, mientras se eluden las discusiones de fondo sobre desigualdad estructural, exclusi\u00f3n social y responsabilidad estatal. No se trata de una incapacidad para comprender el fen\u00f3meno del delito, sino de una decisi\u00f3n pol\u00edtica: desplazar el foco hacia un chivo expiatorio f\u00e1cil y barato de criminalizar, con el objetivo de individualizar la violencia y ocultar las condiciones materiales que la producen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En un contexto de precarizaci\u00f3n laboral persistente, expansi\u00f3n de econom\u00edas ilegales y deterioro sostenido de las condiciones de vida, los j\u00f3venes no solo son vulnerados durante su infancia, sino que crecen en una sociedad cada vez menos capaz de ofrecerles un horizonte de futuro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si el Estado realmente pretendiera intervenir sobre el delito juvenil y sobre el delito en general, deber\u00eda hacerlo invirtiendo la l\u00f3gica actual: garantizar condiciones de existencia dignas, educaci\u00f3n de calidad, acceso al deporte, a la cultura, y trabajo digno para j\u00f3venes, sostenidas en el tiempo y no como respuestas vac\u00edas y sin presupuesto. Supone tambi\u00e9n disputar el monopolio del mercado como organizador de la vida social, ofreciendo otras formas de pertenencia y reconocimiento que no est\u00e9n mediadas por el consumo. En otras palabras: debe afectar las ganancias capitalistas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Referencias<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o de las Naciones Unidas. (2019). Observaci\u00f3n general n\u00fam. 24 relativa a los derechos del ni\u00f1o en el sistema de justicia juvenil. Naciones Unidas.0<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n. (2024). Informe estad\u00edstico de la Base General de Datos de Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes (BGD). Justicia de la Naci\u00f3n Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">INDEC. (2024). Condiciones de vida: Incidencia de la pobreza y la indigencia en el total de aglomerados urbanos. Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ley 22.278. (1980). R\u00e9gimen Penal de la Minoridad. Bolet\u00edn Oficial de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ministerio P\u00fablico de la Provincia de Buenos Aires. (2024). Informe de Investigaci\u00f3n Penal Preparatoria (IPP) \u2013 Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. Procuraci\u00f3n General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">UNICEF Argentina. (2024). Posicionamiento sobre la justicia penal juvenil y los est\u00e1ndares internacionales de derechos humanos. UNICEF.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: \/izquierdaweb.com\/<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley Penal Juvenil. 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