La denuncia de Alberto Fernández, que recayó en el juzgado federal de María Servini, está apoyada en el artículo 211 del Código Penal, que define el delito de intimidación pública como “dar voces de alarma, hacer señales o utilizar otros medios materiales para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes”, con penas que van de los 2 a los 6 años de prisión.

A su vez la abogada Valeria Carreras también denunció al candidato presidencial por La Libertad Avanza por sus “declaraciones y ampliación de sus dichos en medios de difusión que no hacen otra cosa que agitar un delicado momento económico nacional e internacional”. El juez federal Julián Ercolini quedó a cargo de la misma.

