Así se conoce a la serie de secuestros de 29 trabajadores y referentes sociales ocurridos entre marzo y julio de 1976 en la localidad de Libertador General San Martín de Jujuy, muchos de ellos realizados con vehículos del ingenio Ledesma. La represión tuvo su escala más alta entre el 20 y el 27 de julio de 1976, en el marco de cortes del suministro eléctrico en toda la localidad.
El 8 de julio de 2021 y luego de seis años de demora, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó por mayoría el fallo de Casación que había beneficiado con una falta de mérito a los responsables empresariales y abrió el camino para el juzgamiento de estos hechos de extrema gravedad, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y la edad avanzada de muchas de las víctimas que exigen justicia, y el hecho de que el mismo imputado, Carlos P. Blaquier, tiene 93 años.
La represión a trabajadores, trabajadoras, activistas y militantes vinculados y vinculadas con los procesos de organización en el ingenio Ledesma (Jujuy) durante la última dictadura en Argentina (1976-1983) fue visibilizada y denunciada desde la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, en 1984, y el juicio a las Juntas, en el marco del cual se escucharon testimonios conmovedores, como el de “Rita” Eublogia Cordero de Garnica, que denunciaron fuertemente el proceso represivo y el papel de la empresa. Olga Arédez, esposa del desaparecido ex intendente de Libertador General San Martín, Luis Arédez, se convirtió en una figura emblemática de la denuncia a las violaciones a los derechos humanos a partir de un sostenimiento de la lucha aún en contextos de soledad y persecución. En el período 2003-2015, en un contexto de ampliación y profundización de las políticas de derechos humanos se generaron nuevos movimientos sociales y políticos en Jujuy. Muchos de ellos retomaron las banderas de Memoria, Verdad y justicia y convocaron en esa etapa movilizaciones multitudinarias, con participación de organizaciones y militantes de todo el país demandando justicia para los hechos represivos vinculados al caso de Ledesma y recordando en particular el proceso conocido como “La Noche del Apagón”, como se conoce a una serie de secuestros en la localidad de Libertador General San Martín, muchos de ellos realizados con vehículos del ingenio Ledesma que tuvieron lugar en realidad en varios días sucesivos en torno al 20 de julio de 1976, en el marco de cortes del suministro eléctrico.
En términos del proceso de judicialización en el ámbito penal, Carlos Pedro Blaquier, dueño del ingenio Ledesma, y Alberto Lemos, el administrador general de la empresa en la etapa en que se cometieron las violaciones a los derechos humanos fueron procesados en noviembre de 2012 por privación ilegal de la libertad en dos causas, por los secuestros de 29 trabajadores y referentes sociales ocurridos entre marzo y julio de 1976. El procesamiento fue confirmado en forma parcial en 2013 por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta. Ante la apelación de las defensas, la Sala IV de Casación, integrada por Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi, tomó el expediente en diciembre de 2013. Los jueces se pronunciaron en marzo de 2015, dictando la falta de mérito en beneficio de Blaquier y Lemos. Al mismo tiempo que consideraron probado que la empresa aportó vehículos para los secuestros, negaron en el fallo que pudiera considerarse probado que el dueño y administrador del ingenio hubieran conocido los fines para los que se usaron estas camionetas.
Hace unos pocos días, el 8 de julio de 2021 y luego de seis años de demora, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó por mayoría el fallo de Casación que había beneficiado con una falta de mérito a los responsables empresariales, considerando “arbitrario” el pronunciamiento de la Sala IV de Casación. El fallo tuvo los votos mayoritarios de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, quienes sostuvieron que la decisión se “apartó en forma manifiesta de la solución normativa prevista para el caso, obstaculizando indebidamente el avance del proceso”. El presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia al considerar que se debía dejar firme la falta de mérito, y Ricardo Lorenzetti no votó. A 45 años de un hito emblemático de este proceso represivo, resulta imprescindible un compromiso categórico para que este juicio oral se desarrolle en forma urgente, teniendo en cuenta la importancia emblemática del juzgamiento de estos hechos de extrema gravedad, el tiempo transcurrido y la edad avanzada de muchas de las víctimas que exigen justicia, y el hecho de que el mismo imputado, Carlos P. Blaquier, tiene 93 años.