Unas de las medidas revolucionarias de Juan Domingo Perón siendo Secretario de Trabajo y Previsión en el año 1944 fue promover la aprobación del Estatuto del Peón de Campo que por primera vez garantiza derechos básicos como horario de trabajo y descansos, condiciones del trabajo, higiene laboral, asistencia médica y farmacéutica, vacaciones pagas e indemnizaciones por despido. Además, al establecer el instituto del Convenio Colectivo de Trabajo, propicia la creación de organizaciones sindicales las cuales hasta ese momento eran pequeñas y muy débiles. De ese modo, se crea en 1947 la Federación Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores.

Desde mediados del siglo XIX en el campo argentino fue donde se vivió la desigualdad social y económica del modelo liberal al extremo: de un lado los ricos latifundistas actores centrales de la oligarquía agropecuaria y pro exportadora, del otro trabajadores viviendo en la extrema miseria, explotados casi al nivel de la esclavitud.

Al respecto, el general Perón expresaba: “Este Estatuto tiende a solucionar posiblemente uno de los problemas más fundamentales de la política social argentina, no es menor la esclavitud de un hombre que, en el año 44, trabajaba para ganar 12, 15 o 30 pesos por mes. Y esa es la situación del peón. Se encuentra en una situación peor que la del esclavo, porque a éste el amo tenía la obligación de guardarlo cuando viejo, hasta que se muriera. En cambio, al peón, cuando está viejo e inservible, le da un chirlo como al mancarrón para que se muera en el campo o en el camino. Es una cuestión que ningún hombre que tenga sentimientos puede aceptar”.

El trabajador rural gozó de estas mejoras hasta 1980, momento en que la miserable dictadura genocida de Videla derogó la Ley aprobada en 1946 y la modificó, implementando un régimen de trabajo autónomo rural que, entre otras cosas, no fijaba una jornada de trabajo limitada, o sea que pretendía que trabajaran de sol a sol.