Lo resolvió la Justicia en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires que además estableció que la administración porteña “debe adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad remota hasta el 21 de mayo”.
La medida cautelar, presentada por un grupo de padres,ya había sido resuelta a favor de los demandantes el 19 de abril pasado y se había impuesto una multa de 50.000 pesos diarios a la ministra de Educación, Soledad Acuña, por cada día de incumplimiento d
La medida cautelar, presentada por un grupo de padres,ya había sido resuelta a favor de los demandantes el 19 de abril pasado y se había impuesto una multa de 50.000 pesos diarios a la ministra de Educación, Soledad Acuña, por cada día de incumplimiento d
La Justicia en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires ratificó una medida cautelar para que no se compute faltas o quita de vacantes a los alumnos cuyos padres decidan no enviar a sus hijos a la escuela mientras rija el decreto presidencial que establece el alerta epidemiológico en el AMBA.
El juzgado contencioso administrativo 13 porteño estableció además que la Ciudad de Buenos Aires “debe adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad remota hasta el 21 de mayo”.
Y le da el plazo de un día para que el Gobierno porteño comunique a todos los establecimientos educativos esta decisión.
Para tomar esta decisión el juzgado tomó en consideración las recomendaciones del fiscal de fuero y de la asesora tutelar quienes destacan el “”estado de incertidumbre” de los padres ante diversas normativas contrapuestas.
La medida cautelar, presentada por un grupo de padres,ya había sido resuelta a favor de los demandantes el 19 de abril pasado y se había impuesto una multa de 50.000 pesos diarios a la ministra de Educación, Soledad Acuña, por cada día de incumplimiento del fallo.
Pero ante la apelación del gobierno porteño, tanto el fiscal como la asesora tutelar destacaron que ante la existencia de otro DNU que robustece el que venció el 30 de abril pasado y que establece a la Ciudad de Buenos Aires, como parte del AMBA, en zona de alerta epidemiológico aconsejan al juez hacer lugar a la cautelar.
El fiscal Patricio Urresti, citado en el fallo, aseguró que existe un conflicto normativo -entre el DNU presidencial, la resolución del gobierno porteño y el fallo de la Corte Suprema-, que “trasciende su esfera jurídica e impacta directamente en la vida diaria de las/os porteña/os que tienen a su cargo niñas/os en edad escolar”.
Indicó que algunos de esos padres “se ven obligados, con gran miedo y desconcierto, a acatar una norma local contraria a otra federal”.
El fiscal destaca que existen “decisiones cruzadas entre órganos de distintos niveles” y que “en el medio de este cuadro de polarización extrema se encuentra la comunidad educativa y la incertidumbre respecto del camino a seguir” por lo que recomendó adoptar “decisiones prudentes”.
Fuente: Télam