Este miércoles finalizaron aron dos juicios por crímenes perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad. Durante la mañana, se dictó la sentencia del cuarto policía implicado en el asesinato de la joven Natalia Melmann en Miramar, ocurrido en 2001. Por la noche, concluyó el juicio oral del caso conocido como la “Masacre de Monte”, donde cuatro adolescentes fueron asesinados por efectivos de la policía bonaerense.
Después de 22 años de espera, esta mañana fue condenado el cuarto policía implicado en el crimen de Natalia Melmann. El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de la ciudad de Mar del Plata dictaminó la prisión perpetua para Ricardo Panadero y ordenó su inmediata detención. Se trata de un ex sargento de la policía bonaerense que estaba acusado de participar del crimen de la adolescente en Miramar, y que había sido absuelto en el juicio anterior donde otros tres policías, Oscar Echenique, Ricardo Anselmini y Ricardo Suárez, recibieron la pena de prisión perpetua. Gracias a un fallo posterior de la Cámara de Casación, se volvió a juzgar a Panadero y se logró probar su participación en el hecho.
Durante el juicio, la Secretaría de Derechos Humanos actuó como “amicus curiae” y observadora, brindando apoyo a la familia de Natalia en su búsqueda de justicia.
En 2021,en conmemoración de dos décadas del asesinato, la Secretaría realizó un homenaje a Natalia mediante un cartel en la Plaza de las Artes de Miramar, con el objetivo de mantener viva la memoria y el reclamo de justicia contra la violencia institucional.
En el caso de la “Masacre de Monte”, el segundo juicio oral que concluyó este noche en el Tribunal Oral en lo Criminal 4 de La Plata, un jurado popular consideró culpables por unanimidad a Rubén García y a Leonardo Ecilapé del delito de “homicidio agravado por el abuso de la función o cargo policial, y por ser cometido mediante arma de fuego”. Además, los ex efectivos Manuel Monreal y Mariano Ibáñez fueron considerados culpables por mayoría del delito de “tentativa de homicidio agravado por el abuso de la función o cargo policial, y por ser cometido mediante arma de fuego”. La fecha de la lectura de la sentencia se conocerá en los próximos días.
Los ex efectivos se encontraban procesados con prisión preventiva por ser coautores de “homicidio agravado por abuso de función como miembros de las fuerzas policiales calificados por el empleo de armas de fuego y violación de los deberes de funcionario público”.
Como en el caso anterior, la Secretaría de Derechos Humanos participó del proceso judicial como observadora y “amicus curiae”. También brindó acompañamiento permanente a las familias y, como parte de las acciones de visibilización contra la violencia institucional, realizó una señalización en memoria y homenaje a las víctimas en el lugar del hecho.
La “Masacre de Monte” ocurrió la madrugada del 20 de mayo de 2019 en el kilómetro 111 de la ruta 3, en la localidad bonaerense de San Miguel del Monte, en el marco de una persecución y balacera sin motivo efectuada por los policías hacia el auto en el que paseaban Danilo Sansone, Gonzalo Domínguez, Camila López, Aníbal Suárez y Rocío Quagliariello, la única sobreviviente, que resultó herida de gravedad.
Fuente: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación