La Cámara Federal de Rosario hizo lugar al pedido de la fiscalía y la querella de la Secretaría de Derechos Humanos para que la muerte del religioso se investigue como un homicidio en el marco del terrorismo de Estado. A partir de los planteos realizados por la fiscalía y la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario resolvió este jueves reabrir la causa judicial por la muerte del obispo Carlos Ponce de León durante la última dictadura cívico-militar.

Ponce de León era el obispo de San Nicolás y falleció en la mañana del 11 de julio de 1977, cuando su auto chocó con una camioneta en la Ruta Nacional 9. El caso se cerró rápidamente bajo la excusa de un supuesto accidente de tránsito: el conductor del otro vehículo fue condenado por homicidio culposo un año después. Sin embargo, con la recuperación de la democracia, surgieron nuevas pruebas que pusieron en duda la versión oficial, ya que el religioso era víctima de graves amenazas por su defensa de detenidos por razones políticas.

El pedido de reapertura de la causa fue presentado en febrero de 2020 por el Ministerio Público Fiscal, al que también adhirió la Secretaría de Derechos Humanos. El planteo fue rechazado en primera instancia por el Juzgado Federal 2 de San Nicolás; por lo que, en agosto de 2021, ambas partes recurrieron ante la Cámara Federal de Rosario.

En junio de 2022, en una audiencia presencial convocada por la Cámara Federal, la fiscalía y la querella de la Secretaría repasaron las nuevas pruebas y las irregularidades constatadas durante la investigación original. En particular, la Secretaría aportó el informe del perito Jorge Geretto, quien reconstruyó la mecánica de los hechos y concluyó que la colisión no había sido accidental y que se habría tratado de un atentado premeditado contra el obispo.

A partir de lo expuesto en esa audiencia, los camaristas decidieron revertir el fallo de primera instancia y anular la sentencia original. Consideraron que “no resulta intangible una sentencia firme cuando, como en el caso, se podría estar ante el incumplimiento por parte del Estado de sus deberes de investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos”. Destacaron en ese sentido las irregularidades en la causa original y los testimonios y documentación que señalan que el obispo estaba siendo objeto de operaciones de inteligencia, seguimientos y amenazas por parte de los órganos represivos.

Con motivo de esta resolución de la Cámara, la justicia federal de San Nicolás deberá investigar la muerte del religioso como un crimen de lesa humanidad y se le deberá tomar declaración indagatoria a ex militares del Área 132 del Ejército, que tenía jurisdicción sobre San Nicolás, así como al conductor de la camioneta que participó en el incidente y a su acompañante.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos de la Nación